Habrá Restricciones a Cruces Fronterizos no Esenciales en México

Habrá Restricciones a Cruces Fronterizos no Esenciales en México

**Desde el 20 de marzo de 2020, los gobiernos de Canadá, Estados Unidos y México han establecido restricciones a cruces fronterizos no esenciales para evitar la propagación del virus COVID-19.

Tijuana, BC a 18 de marzo del 2021.-  El Gobierno de México ampliará las restricciones a cruces terrestres para realizar actividades no esenciales en su frontera con los Estados Unidos de América a partir del 21 de marzo de 2021 y hasta el 21 de abril de 202, informó Alejandro Ruiz Uribe, Delegado Federal Único de Baja California.

Al recibir información de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que encabeza Marcelo Ebrard, dijo que esto se da. debido a la situación actual de transmisión del virus COVID-19,

 Informó que las restricciones a cruces terrestres no esenciales se implementarán también en la frontera de México con Guatemala.

Alejandro Ruiz Uribe, detalló que las restricciones se implementan por 30 días con posibilidad de extenderlas por un periodo similar dependiendo del índice de contagio de COVID-19.

Entre las actividades esenciales que no sufren ninguna afectación en su tránsito terrestre transfronterizo, se encuentran:

•             La internación de ciudadanos mexicanos y residentes temporales o permanentes regresando a México.

•             Personas viajando por propósitos médicos (por ejemplo, para recibir un tratamiento médico en México).

•             Personas viajando para asistir a instituciones educativas.

•             Personas viajando a México con un permiso de trabajo.

•             Personas viajando para responder a emergencias o con propósito de salud pública (por ejemplo, oficiales gubernamentales o primeros respondientes entrando a México para apoyar esfuerzos de gobiernos federales, estatales o locales, en respuesta al SARS-CoV2 (COVID-19) y a otras emergencias).

•             Personas involucradas en comercio legal transfronterizo (por ejemplo, conductores de camiones que apoyen el movimiento de carga).

Finalmente, dijo que de acuerdo a la SER “No se consideran como actividades esenciales los viajes con fines recreativos y de turismo”.

admin

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